martes, 27 de marzo de 2012

Condicionamientos de la Corte Constitucional (C.R)

En el tema de las corridas de toros ya existe la ley 916 de 2004, conocida como el reglamento taurino nacional, que regula las condiciones de estos espectáculos y establece restricciones como el tamaño de las puyas, banderillas, y el tiempo en que se debe desarrollar la lidia, entre otras disposiciones. 

La Corte prohibió estas manifestaciones culturales en aquellos municipios donde hasta ahora no se realizaban. Literalmente, la sentencia dice que solo pueden hacerse donde "exista una tradición regular, periódica e ininterrumpida". 

La Corte también prohibió su realización por fuera de las temporadas regulares. 

La Corte prohibe la destinacion de dineros públicos para la construcción de escenarios donde se efectúen exclusivamente corridas o peleas de gallos. Pero tampoco habrá plata de los municipios o del Estado para su promoción. 

Tomado de:  http://www.semana.com/nacion/corte-constitucional-corridas-toros-pero-condiciones/143801-3.aspx

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